Más de treinta Clubes de Adultos Mayores de la comuna de Santa Bárbara, que constituyen la UCAM, participaron recientemente con cada uno de sus directivos de una reunión encuentro, para conocer las Bases del Concurso de Proyectos Autogestionados por Organizaciones de Adultos Mayores, que financia el Fondo Nacional del Adulto Mayor 2015. Esta actividad se desarrolló en el Salón del Hogar Indígena “Padre, Remigio Gubaro”.
Alcalde de la comuna agradeció a los directivos del Senama, por la constante preocupación y apoyo hacia los clubes de Adultos Mayores, por financiar y creer en sus proyectos e iniciativas de bien común.
El Fondo Nacional del Adulto Mayor, Proyectos Autogestionados, en adelante el Fondo, es un Programa del Estado de Chile, establecido en la ley N° 19.828, que financia proyectos ideados, elaborados y desarrollados por organizaciones de adultos mayores a través de concursos, cuyo objetivo es generar y desarrollar capacidades de autogestión, autonomía e independencia de los adultos mayores participantes.
El Servicio Nacional del Adulto Mayor, en adelante SENAMA, administra el Fondo Nacional del Adulto Mayor en conjunto con los Comités Regionales para el Adulto Mayor, en adelante Comités Regionales.
El Servicio Nacional del Adulto Mayor y los Comités Regionales en conjunto con 37 Gobernaciones Provinciales del país (en adelante las Gobernaciones), operarán en las quince regiones y en las 54 provincias este programa.
Como funciona, el SENAMA transfiere los recursos para su operación a través de los Comités Regionales. Los Comités Regionales tienen la responsabilidad de seleccionar los proyectos ganadores del concurso, de acuerdo a la normativa vigente y los instrumentos que lo rigen, elaborados por SENAMA. Las Gobernaciones que participan en el Concurso tienen la responsabilidad de colaborar en su ejecución entregando las bases, formularios de postulación y otros documentos, recibiéndolos y apoyando a las organizaciones para la presentación y gestión de los proyectos, entre otras tareas.
LOS POSTULANTES AL CONCURSO
Solamente podrán participar en este concurso las organizaciones de adultos mayores, que cuenten con: Rol Único Tributario, Personalidad Jurídica vigente, Todos sus integrantes mayores de 60 años. Para efectos de estas Bases, las organizaciones de adultos mayores serán: Club de Adulto Mayor, es decir toda asociación de adultos mayores, constituida como organización comunitaria funcional, de acuerdo a la ley Nº19.418. La Unión Comunal de Adultos Mayores, que es el conjunto de clubes de adultos mayores, establecidos de acuerdo a lo señalado en la ley Nº19.418.
Otras Organizaciones de Adultos Mayores no adscritas a la ley Nº19.418, es decir, Asociaciones Gremiales, Corporaciones, Fundaciones, otras asociaciones constituidas a través de la ley N° 20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana, entre otras, conformadas exclusivamente por personas de 60 años o más y que cuente con personería jurídica propia.
No podrán participar las organizaciones territoriales funcionales (juntas de vecinos) y otras organizaciones constituidas por personas menores de 60 años. Del mismo modo, no podrán ser adjudicados proyectos presentados por organizaciones que habiendo recibido financiamiento en este programa el año 2014, no hayan rendido los gastos correspondientes de acuerdo a lo solicitado por SENAMA, incluidos los aportes propios o de terceros comprometidos.
LOS BENEFICIARIOS DE LOS PROYECTOS
Organizaciones de adultos mayores cuyos integrantes sean personas de 60 años o más. La ley N° 19.828 define como adulto mayor a toda persona que ha cumplido 60 años. No se financiará proyectos presentados por organizaciones de adultos mayores que incluyan como beneficiarios a socios menores de 60 años. Para efectos de este programa se considerará beneficiarios del programa a todas aquellas personas que hayan nacido en el año 1955 o antes.
LOS OBJETIVOS DE LOS PROYECTOS
Los proyectos deben considerar uno o más de los siguientes objetivos: Contribuir a mejorar la calidad de vida de los adultos mayores. Contribuir a fortalecer la asociatividad, la organización y colaboración entre los adultos mayores. Favorecer la integración y la participación social de los adultos mayoresGenerar acciones de voluntariado de adultos mayores para otros adultos mayores, mediante la entrega de servicios para facilitar y mejorar su situación de vida. Favorecer hábitos asociados a la prevención en salud y el autocuidado.
EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS
Los proyectos deberán ejecutarse en cuatro meses como máximo, contados a partir de la total tramitación de la resolución que aprueba el convenio de ejecución, salvo caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser autorizado por SENAMA. La fecha límite para la ejecución de los proyectos será el 9 de noviembre de 2015. La rendición de los proyectos deberá hacerse a más tardar el 16 de noviembre de 2015.
Si una organización que resultare adjudicada solicita modificación a su proyecto, este podrá ser autorizado por SENAMA siempre y cuando la solicitud se realice dentro de los plazos definidos para la ejecución, es decir con anterioridad al día 9 de noviembre y no afecte negativamente la cobertura ni la calidad de las acciones del proyecto, ni signifique modificar los objetivos del mismo, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Para solicitar dichos cambios debe presentarse una carta en la Gobernación, que la hará llegar a la Coordinación Regional respectiva, o directamente a la Coordinación Regional de SENAMA cuando se trate de una provincia capital regional.
TIPOS DE PROYECTOS QUE SE FINANCIARÁN Y MONTOS POSIBLES DE SOLICITAR
Se financiarán proyectos ideados, formulados y ejecutados por las propias organizaciones de adultos mayores. Las organizaciones podrán solicitar diferentes montos de financiamiento, de acuerdo a sus características y al tipo de proyecto presentado, hasta por el monto máximo establecido para cada tipología de proyectos establecidos en este numeral.
Las organizaciones de adultos mayores podrán contratar los servicios necesarios para ejecutar el proyecto, cuando corresponda. En caso que se requiera la contratación de horas de trabajo de profesionales o técnicos, su costo no podrá ser mayor a lo establecido en estas Bases.
Los proyectos pueden incluir actividades como: Equipamiento, o sea la adquisición y/o instalación de nuevos elementos en un local que ya existe. Ejemplo: instalación de un servicio higiénico o compra de mobiliario. Aumento de una actividad que ya se está ejecutando. Por ejemplo: integrar más personas a un taller de capacitación.
Inicio de una actividad, por ejemplo una amasandería, taller de carpintería u otro. Mejoramiento de la calidad de una acción que se está ejecutando. Por ejemplo: capacitación en contabilidad para administrar un taller productivo o para mejorar la calidad del producto elaborado.
Reparación, construcción, ampliación de capacidad funcional de un local, o una instalación en el local o terreno. Ejemplo: reparación de una sede cuando ha sufrido daños por antigüedad o por el desgaste propio de su uso o la instalación de una sede cuando se cuente con el terreno necesario.
Restauración de elementos para volverlos al estado original. Ejemplo: recuperar la funcionalidad de un bien o infraestructura. No se financiarán proyectos que incluyan construcción, mejoras, reparación o equipamiento en locales o terrenos pertenecientes a particulares, que no estén cedidos en comodato, usufructo o arrendados a la organización, unión comunal o club de adultos mayores. En locales entregados por los municipios a organizaciones comunitarias, será posible financiar dichos proyectos, siempre que se presente la carta del Municipio que respalda el Proyecto o Decreto de entrega en comodato.
En cualquiera de los casos anteriores se debe acreditar la situación de propiedad, arrendamiento, comodato o usufructo, para lo cual deberán presentar copia simple del documento que lo certifique. En este concurso se podrá postular sólo un proyecto por organización de personas mayores.
TIPOS DE PROYECTOS TIPO DE ORGANIZACIÓN QUE PUEDE POSTULAR MONTO MÁXIMO POSIBLE DE SOLICITAR
Acciones de Voluntariado y Servicio a la Comunidad. Prestación de servicios o acciones de apoyo de personas mayores para personas mayores, a través de acciones no remuneradas.
Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores, excepto clubes de adultos mayores. $2.000.000. Habilitación y/o equipamiento de sede: Acciones tendientes a lograr que la organización se fortalezca en su accionar. Puede considerar mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de la sede o construcción de la misma y/o adquisición de mobiliario y enseres para un mejor desarrollo de las actividades propias de la organización. Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores. $2.500.000, Club de adultos mayores. $1.500.000.
Actividades Productivas. Producción de bienes o de servicios, cuya comercialización genere ingresos. Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores. $2.000.000 Club de adultos mayores. $1.500.000
Vida Saludable, Desarrollo Personal, Capacitación y Educación. Actividades de promoción de la salud, alimentación sana, preparación física, desarrollo de la psicomotricidad, aprendizaje de conocimientos, técnicas o actividades de educación en general. Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores. $1.500.000, Club de Adultos Mayores. $1.200.000.
Alfabetización Digital. Aprendizaje de conocimientos, técnicas o actividades relacionadas con el manejo de software y hardware computacional. Puede considerar equipamiento cuando sea necesario. Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores. $1.500.000, Club de Adultos Mayores. $1.200.000.
Recreación y Uso del Tiempo Libre. Actividades relacionadas con el uso del tiempo libre, cultura y recreación. Acceso del adulto mayor a actividades culturales, viajes, excursiones o giras culturales. Club de Adultos Mayores. $1.000.000.
Otros. Otras actividades no consideradas en las categorías anteriores. Uniones Comunales y otras organizaciones de adultos mayores. $1.500.000. Club de Adultos Mayores. $1.000.000. Para el caso de proyectos se deberá completar un listado de asistencia por cada una de las sesiones realizadas. Este listado deberá ser presentado al SENAMA, en conjunto con los formularios de rendición del proyecto. Del mismo modo, para aquellos proyectos destinados a mejoramiento, construcción o habilitación de sedes, se deberá contar con un registro gráfico (fotografías) al inicio y finalización del proyecto. Asimismo, para las Acciones de Voluntariado y Servicio a la Comunidad se deberá completar un registro de las personas mayores que recibieron los servicios y/o acciones de apoyo, registrando la firma o huella digital si no tuviere o no pudiere firmar, de quien recibe la ayuda y especificando además el tipo de servicio o acción recibida.
En este caso se deberá adjuntar los siguientes documentos: Copia del Rut de la organización, Certificado de Personería Jurídica vigente, Certificado de Directiva Vigente o acreditación de personería del representante legal, Una cotización por cada gasto que el proyecto se propone realizar. Incluyendo los presupuestos de mano de obra y monitores o profesionales si es que el proyecto los requiere y las cartas de compromiso que corresponda.
Copia del acta de la sesión de la organización en que se acordó la presentación del proyecto, firmada por todos los asistentes a la reunión. Cartas de compromiso de organismo u organizaciones externas, cuando corresponda, Copia de documento que acredita propiedad, arriendo, comodato o usufructo, cuando se solicite construcción, mejoras, reparación o equipamiento.
La postulación vía web incluye presentar la documentación exigida dentro de los plazos establecidos, a través de archivo digital scaneado, adjunto al formulario de postulación web o directamente en las oficinas dispuestas por SENAMA y las Gobernaciones para tal efecto.
Por el solo hecho de presentar el proyecto en el marco de este concurso, el representante legal de la organización junto a la directiva, certifican que todos los datos consignados en el documento de presentación del proyecto son verídicos y asumen las consecuencias legales que significaría el que no lo fueran, especialmente en cuanto a la edad de los beneficiarios.
No se aceptará ningún proyecto ni documentación adicional después del plazo establecido para su presentación.
